En el BOE de 18 de noviembre se publicó la pertinente resolución por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016. Por tanto, ya sabemos que cuando nos den un plazo por parte de la administración, hay días que no se cuentan, pero debemos tener cuidado de leer bien y asegurarnos que nos dan los plazos en «días hábiles», pues de lo contrario podríamos caer en un error de terribles consecuencias.